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¿Qué sucede si no paga sus cuotas sindicales en California?

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Si usted es un empleado público de California, es decir, cualquier trabajador empleado por una agencia gubernamental, incluidos profesores, bomberos y funcionarios gubernamentales, es probable que esté familiarizado con el sindicato que representa a trabajadores como usted. Nuestros abogados pueden brindarle las respuestas y la orientación que necesita para tomar decisiones informadas sobre el pago de cuotas sindicales en California.

Afiliación sindical en California: ¿Qué son las cuotas sindicales?

Un sindicato es una organización de cabildeo formada por trabajadores que negocian mejores condiciones laborales, salarios y beneficios para los empleados. A menudo existen sindicatos para industrias específicas, como el sindicato de docentes o el sindicato de actores de cine.

Si forma parte de un sindicato, se le cobran cuotas de afiliación que financian diversas actividades sindicales, como la negociación colectiva y el cabildeo político. Los afiliados a un sindicato tienen muchos beneficios: según Union Plus, los afiliados a un sindicato cobran un 30 % más que las personas no afiliadas, tienen una pensión garantizada y más probabilidades de tener cobertura de salud relacionada con el trabajo.

Si usted es un trabajador público, pero no está afiliado a un sindicato, se le considera trabajador no afiliado. Los trabajadores no afiliados no pueden negociar de la misma manera que los afiliados al sindicato, pero pueden beneficiarse de muchas actividades sindicales, como la negociación colectiva para obtener salarios más altos.

Antes de junio de 2018, un número considerable de estados (incluido California) tenían leyes de “participación justa”, que requerían que los no trabajadores no afiliados a un sindicato cubrieran el costo de los beneficios sindicales a pesar de no ser afiliados. Estos costos se denominaron “honorarios de agencia” y cubrirían el costo de la negociación colectiva, la administración de contratos y las correcciones de los reclamos aborales.

En ocasiones, los honorarios de agencia de un trabajador no afiliado estaban a la par con el coste real de las cuotas sindicales de los afiliados. Varias personas en estados con “participación justa” cuestionaron el requisito de honorario de agencia, incluido Mark Janus de Illinois.

Cambios que se produjeron: Janus contra AFSCME

Janus, un especialista en manutención de hijos menores, pagó miles de dólares en cuotas sindicales a lo largo de su empleo en la Federación Estadounidense de Empleados Estatales, Municipales y de Condado (American Federation of State, County and Municipal Employees, AFSCME), un sindicato de trabajadores del gobierno. Janus nunca pidió recibir representación por parte del sindicato y se opuso a muchas de sus posiciones políticas, pero se le exigió pagar honorarios de agencia a la organización como condición de su empleo. Presentó una demanda contra el sindicato, que llegó hasta el Tribunal Supremo.

El 27 de junio de 2018, el Tribunal Supremo de los Estados Unidos dictaminó en una decisión de mayoría de 5 a 4 de que los sindicatos ya no pueden exigir a los empleados públicos no afiliados que paguen honorarios de agencia, anulando así las leyes de “participación justa” en estados de todo el país. En otras palabras, si usted es un empleado del sector público, puede negarse a pagar cuotas sindicales si no desea que el sindicato lo represente.
En el fallo, el Tribunal señaló que los sindicatos son organizaciones inherentemente políticas y que “se produce una ‘vulneración significativa de los derechos de la Primera Enmienda’ cuando se exige a los empleados públicos que brinden apoyo financiero a un sindicato que ‘adopta muchas posiciones durante la negociación colectiva que tienen poderosas consecuencias políticas y cívicas’”. En otras palabras, exigir a un empleado no afiliado que pague a una organización política con la que puede estar en desacuerdo constituía una vulneración de su derecho a la libertad de expresión conforme a la Primera Enmienda.

Las secuelas del caso Janus: proyecto de ley del Senado 866 de California

La sentencia Janus libera a más de 5 millones de empleados del sector público de apoyar a sindicatos en los que no quieren participar. Sin embargo, muchos de estos empleados no saben que tienen esta libertad.

El día en que se aprobó la decisión Janus, el gobernador de California, Jerry Brown, convirtió en ley el proyecto de ley del Senado (Senate Bill, SB) 866, que prohíbe a los empleadores públicos comunicarse con sus empleados sobre el costo de la afiliación sindical.

La legislación de California ya prohíbe a los empleadores “disuadir o desalentar” a los empleados de unirse a una organización de empleados. El SB 866 amplía esta idea al prohibir a los empleadores públicos emitir comunicaciones masivas a los empleados sobre su derecho a unirse (o no unirse) a un sindicato sin primero “reunirse y consultar con el representante sobre el contenido de las comunicaciones”. En términos simples, si un empleador quiere hablar con sus empleados sobre la posibilidad de unirse a un sindicato, el empleador tiene que llegar a un acuerdo con el propio sindicato sobre lo que debe decir.

Si un empleado le pide a su empleador que abandone el sindicato, el empleador no puede atender su pedido directamente: el Proyecto de Ley 866 del Senado requiere que el empleador remita al empleado al propio sindicato para realizar cualquier cambio en la afiliación.
Además, la legislación vigente de California otorga a los representantes sindicales acceso obligatorio a las “orientaciones para nuevos empleados”, donde los empleados se informan sobre sus derechos y responsabilidades en su nuevo puesto. El SB 866 hace que estas orientaciones entre los representantes sindicales y los nuevos empleados sean confidenciales.

El SB 866 otorga a los sindicatos un gran control sobre la información que se comparte con los empleados sobre el costo de la afiliación sindical. La legislación (y poderes similares) pueden mantener a muchos empleados públicos de California en la ignorancia sobre el fallo Janus del Tribunal Supremo de los Estados Unidos.

Trabajadores públicos de California: Usted tiene derechos

La lucha sobre el costo de la afiliación sindical puede continuar durante muchos años. Mientras tanto, nos comprometemos a asegurarnos de que usted conozca sus derechos como empleado público de California.
En PARRIS Law Firm, nuestros abogados tienen más de 37 años de experiencia luchando incansablemente por aquellas personas cuyos derechos se han vulnerado. Póngase en contacto con PARRIS hoy para obtener una consulta gratuita de su caso.

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